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Informe del Relator Especial sobre la libertad de religión o de creencias en relación al odio antimusulmán

Lucha contra la islamofobia y el odio antimusulmán con miras a erradicar la discriminación y la intolerancia fundadas en la religión o las creencias

 

Informe del Relator Especial sobre la libertad de religión o de creencias, Ahmed Shaheed

 

RESUMEN

En el presente informe, el Relator Especial sobre la libertad de religión o de creencias, Ahmed Shaheed, examina cómo la islamofobia y el odio antimusulmán menoscaban esa libertad. Este fenómeno, que perpetúa la discriminación, la hostilidad y la violencia contra las personas y las comunidades musulmanas, reduce las posibilidades de ser musulmanes de los afectados y viola su libertad de religión o de creencias y muchos otros derechos humanos. A pesar de su impacto generalizado, la islamofobia y el odio antimusulmán siguen siendo mal comprendidos y los debates sobre cómo abordar sus efectos suelen estar cargados de tensión. El Relator Especial analiza el concepto de la islamofobia y el odio antimusulmán, incluidos los procesos reduccionistas y de racialización que alimentan esta forma de prejuicio; documenta las experiencias de las comunidades afectadas y las repercusiones que este fenómeno tiene en los derechos humanos; reafirma el marco internacional de derechos humanos pertinente; y propone recomendaciones para abordar y mitigar los impactos de la islamofobia y el odio antimusulmán con arreglo al derecho internacional.

 

INTRODUCCION

  1. Tras los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001 y otros espantosos actos de terrorismo supuestamente perpetrados en nombre del islam, la desconfianza institucionalizada contra los musulmanes y quienes son percibidos como tales ha crecido hasta alcanzar las proporciones de una epidemia. Numerosos Estados —y organismos regionales e internacionales— han respondido a los peligros en materia de seguridad adoptando medidas que afectan de forma desproporcionada a los musulmanes y los definen como de alto riesgo y susceptibles de radicalización. Basándose en un arraigado concepto imperialista reduccionista de los musulmanes como una “alteridad” cultural, las leyes, políticas y prácticas también han perpetuado estereotipos y tópicos nocivos que presentan a los musulmanes, y a sus creencias y cultura, como una amenaza. Las consecuencias de ello en los derechos humanos, en particular en el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión o de creencias, han sido devastadoras.
  2. Expertos y observadores de los derechos humanos informan de que las difundidas representaciones negativas del islam, el miedo a los musulmanes en general (y no solo a los extremistas y terroristas “musulmanes”) y las políticas de seguridad y lucha contra el terrorismo mencionadas han servido para perpetuar, validar y normalizar la discriminación, la hostilidad y la violencia hacia las personas y las comunidades musulmanas. Los observadores de los derechos humanos afirman que los Estados restringen directamente el derecho a la libertad de religión o de creencias de los musulmanes; coartan el disfrute de este derecho al limitar otros de sus derechos fundamentales; y adoptan medidas de seguridad dirigidas a las comunidades musulmanas o sus organizaciones. Los propios miembros de las comunidades musulmanas, especialmente los que viven como minorías, relatan una alarmante tolerancia o indiferencia ante sus vivencias de prejuicios, discriminación y violencia. Entre las preocupaciones que han planteado se cuentan: las agresiones violentas y la impunidad por ellas, incluso cuando causan gran pérdida de vidas humanas; el internamiento a gran escala concebido para modificar coercitivamente las creencias; las restricciones desproporcionadas a las posibilidades de manifestar sus creencias; los límites al acceso a la nacionalidad; y la exclusión socioeconómica y la estigmatización generalizada de las comunidades musulmanas.
  3. En estos contextos de exclusión, miedo y desconfianza, los musulmanes señalan que con frecuencia se sienten estigmatizados y avergonzados, y tienen la sensación de pertenecer a “comunidades sospechosas”, forzadas a asumir una responsabilidad colectiva por los actos de una pequeña minoría. En la India, por ejemplo, aproximadamente la mitad de los agentes de policía cree, al parecer, que es “probable” que los musulmanes sean propensos a cometer delitos, el 36 %, que son “algo” propensos a cometerlos y el 14 %, que son “muy” propensos a ello. En encuestas realizadas en Europa en 2018 y 2019, una media del 37 % de la población declaró que tenía opiniones desfavorables de los musulmanes. En 2017, alrededor del 30 % de los encuestados en un estudio realizado en los Estados Unidos de América tenía un parecer negativo a su respecto. En Myanmar, los nacionalistas budistas que promueven impunemente la opinión de que el islam amenaza con “inundar” el país, y que los budistas deben levantarse y “salvar” su forma de vida, han contribuido a la comisión de enormes atrocidades contra los musulmanes rohinyás.
  4. Los observadores de los derechos humanos y las comunidades afectadas subrayan que muchos musulmanes se sienten presionados a ocultar o restar importancia a su identidad religiosa para ser menos identificables como musulmanes o parecer más “moderados”, con el fin de reducir la desconfianza del Estado y de la opinión pública, evitar agresiones y poder ejercer sus capacidades y sus derechos humanos. En el ámbito gubernamental, las políticas que limitan de forma desproporcionada la libertad de religión o de creencias de los musulmanes, o que interfieren con otros de sus derechos fundamentales debido a su identidad musulmana, los privan de sus posibilidades de ser libremente musulmanes. Además, estas medidas excepcionales y excluyentes pueden servir para validar los sentimientos antimusulmanes de la población en general.
  5. Algunos afirman que los Estados, o bien carecen de mecanismos eficaces para vigilar y denunciar la discriminación contra los musulmanes, o bien son los principales culpables de esa discriminación. Cada vez más voces señalan que la escasa atención que reciben las ideologías de intolerancia hacia los musulmanes y su amplificación se cuentan entre las causas profundas de la discriminación, la hostilidad y la violencia que estos sufren.
  6. El término más utilizado por las víctimas, los académicos y los observadores de los derechos humanos para describir y explicar la animadversión que impulsa los actos de discriminación, hostilidad y violencia contra los musulmanes es el de “islamofobia”. Algunas autoridades y observadores prefieren la expresión “odio antimusulmán”, por temor a que con el término de “islamofobia” se puedan condenar todas las críticas al islam y, por tanto, reprimir la libertad de expresión. Además, el término suscita controversia porque peligrosas acusaciones de islamofobia se han esgrimido indebidamente contra personas que cuestionan las interpretaciones mayoritarias del islam, como activistas de los derechos humanos, incluidos defensores de los derechos de las mujeres; miembros de comunidades musulmanas minoritarias en sociedades de mayoría musulmana; no musulmanes, incluidos ateos y miembros de otras minorías religiosas; y disidentes en Estados autoritarios. Sin embargo, otros sostienen que la nebulosa de discursos antiislámicosutilizan el término “islam” como sustituto de “musulmanes”, y que los prejuicios institucionalizados contra los musulmanes no quedan recogidos en el concepto de “odio antimusulmán”. Algunos utilizan la expresión “racismo antimusulmán”, que se basa en la perspectiva del racismo cultural, para reflejar la teoría de que la religión cumple la función de la raza en la diferenciación, la deshumanización y la subordinación de los musulmanes al grupo dominante correspondiente. Sin embargo, el marco del racismo no contempla la dimensión del fanatismo religioso, que no forma parte del discurso racista.

 

Leer el informe completo (en español)

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